A- de 2015
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Leonardo Jose Bustamante Peñaranda·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No se desconoció precedente jurisprudencial
- Procedencia excepcional
- Carga argumentativa de quien la invoca
- Procedencia excepcional por notoria y flagrante vulneración del debido proceso
- Procedencia sólo por irregularidad ostensible, probada, significativa y trascendental al debido proceso
- Sólo podrá ser alegada antes de proferido el fallo y por violación al debido proceso
- No constituye oportunidad para reabrir debates jurídicos resueltos
- Presupuestos materiales de procedencia
- Legitimación activa
- Término de tres días siguientes a la notificación del fallo
- Requisitos formales de procedencia
- Improcedencia de recursos
- Reiteración sobre desconocimiento del precedente como causal de nulidad
- Desconocimiento cuando Sala de Revisión ignora pronunciamientos de Sala Plena cuya ratio decidendi confluye con problema jurídico cuya nulidad se pretende
- Requiere jurisprudencia en vigor
- Negar solicitud de nulidad de sentencia T-1057/10 por pretender reabrir debate jurídico
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad de la sentencia T-1057/10.
La petición se fundamentó en el desconocimiento de precedentes jurisprudenciales sobre la inclusión en el retén social.
Específicamente, se hizo referencia a la sentencia T-1239/08que amparó los derechos fundamentales de una funcionaria del Incoder que se encontraba en condiciones semejantes a las del recurrente.
Igualmente se alegó, la omisión de valoración del contenido de la demanda y de las pruebas aportadas al proceso.
Al no encontrar mérito para declarar la nulidad de la sentencia T-1057/10, se decide NEGAR la solicitud presentada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. NEGAR la solicitud de nulidad de la Sentencia T-1057 de 2010 proferida por la Sala Cuarta de Revision.
- Segunda.- NOTIFIQUESE la presenta providencia al solicitante e informesele que contra la misma no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.